Foto Cortesía.

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Productos de consumo básico afectados con más impuestos


El Gobierno de Nicaragua ordenó al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC) la modificación de los acuerdos ministeriales "Mific 073-2008" por lo que ahora ciertos productos de consumo nacional ya no poseen la exoneración del Impuesto al Derecho Arancelario a la Importación (DAI).

Los siguiente productos ahora deberán pagar el impuesto DAI, cuya tasa representa un aumento del 5 al 15 %:

  • Sardinas en lata.
  • Sopas preparadas.
  • Desodorantes corporales y antitranspirantes.
  • Jabón de tocador.
  • Lámparas de mano.
  • Cepillos de dientes.
  • Guantes de Plástico.
  • Guantes de Caucho.
  • Mascarillas.
  • Aceite refinado de maní, de Oliva, de Girasol, de Algodón, de Coco, de Almendra o Babasú y de Maíz.

Dicha modificación establece que los productos que aún posean esta exoneración, la misma se mantendrá en vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019.