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Consejo interinstitucional administrará corporación de zonas francas

El objetivo es fortalecer la estructura orgánica estatal que contribuye en la promoción, sostenimiento y crecimiento de la inversión privada.


Los diputados de la Asamblea Nacional aprobaron, con 78 votos a favor, la reforma a la Ley de Zonas Francas de Exportación, la modificación establece que la administración de la Corporación de Zonas Francas ahora estará a cargo de un Consejo Directivo integrado por los altos funcionarios del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Fomento, Industria y Comercio y un Director o Directora Ejecutiva de la Corporación.

Además, esta corporación de zonas francas será integrada por los mencionados anteriormente incluyendo al Ministro o Ministra del Trabajo, así como dos representantes de las empresas que operan bajo el Régimen de Zonas Francas y sus respectivos suplentes.

“La ley tiene como objetivo fortalecer la estructura orgánica estatal que contribuye en la promoción, sostenimiento y crecimiento de la inversión privada y del intercambio comercial, procurando una coordinación eficiente entre las diferentes instancias del estado de Nicaragua y el sector privado nacional e internacional para el logro de este objetivo común”, dice la iniciativa.

Según la iniciativa, a la comisión le corresponden crear un comité técnico para conocer, evaluar y avalar los casos especiales de solicitudes de exoneraciones de las empresas de zonas francas en los que existan discrepancias de interpretación con la Dirección General de Servicios de Aduanas (DGSA) o la Dirección General de Ingresos (DGI) incluyendo exoneraciones de vehículos, maquinarias, equipos, repuestos y demás implementos de transporte y otros que requieran las empresas usuarias y operadores de zonas francas.

A su vez, la iniciativa explica que el director ejecutivo de la comisión tendrá la representación legal de la condición con las facultades administrativas que le confiere la misma.

Cada uno de los miembros de la comisión podrá ser reemplazado en las reuniones por sus respectivos suplentes, para que la comisión pueda tomar resoluciones válidas es necesaria la presencia de por lo menos 4 de sus miembros y el voto conforme a la mayoría de los miembros.

Esta iniciativa fue enviada por el Presidente de Nicaragua al Poder Legislativo para su aprobación con trámite de urgencia.

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