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¿Tus ahorros están protegidos en Nicaragua?

Siboif ordena a banca y financieras invertir solo 50% de fondos en el extranjero para proteger a ahorrantes.


la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras de Nicaragua (Siboif), asegura que gracias a la reforma al artículo 8 de la Normativa de Límites de Depósitos e Inversiones, aprobada el año pasado, los bancos e instituciones financieras nacionales solo podrán invertir 50% de sus fondos en el extranjero para proteger a los ahorrantes.

Esta reforma permite mitigar los riesgos de concentración de sus portafolios manejados, a propósito de la actual incertidumbre mundial por la crisis financiera en Estados Unidos.

En la reforma se añadió un acápite que se lee así: “La suma de las operaciones por depósitos a plazo y valores establecidos en los literales e, f, j, k, l del presente artículo tendrán un límite global máximo del 50% de la base de adecuación de capital de la institución, depositante o inversionista”

El superintendente de bancos, Luís Ángel Montenegro, expuso ante la Asamblea Nacional que la Siboif ha trabajado en un marco regulatorio que determine lineamientos adecuados con el fin de mitigar exposiciones de riesgo de las instituciones financieras y proteger los intereses de los servicios financieros.

“Con anterioridad a esta reforma estaba completamente libre y los bancos podían invertir cualquier cantidad de los depósitos nacionales en los bancos internacionales; de forma que el día de hoy y al finalizar el año sacamos esta norma que regula de manera firme que no pueden invertirse más allá del 50% del capital que ellos tienen en cada uno de sus bancos para proteger los intereses de los ahorrantes”, señaló Luís Ángel Montenegro.

De acuerdo con el especialista en finanzas corporativas, Edison Gutiérrez, la Siboif debe tener cuidado en no presionar a los bancos a que se cumpla de manera inmediata esta reforma porque la banca tendría que deshacerse de las inversiones para estar en función de la normativa y podría tener un impacto negativo en las entidades bancarias.

“Tenemos la falta de un mercado activo de valores, vamos a paso lento en cuanto a opciones de inversiones que existen, entonces como todo este concentrado en títulos gubernamentales a corto plazo la banca no tiene ese fondo de maniobra de poder invertir en ese tipo de instrumento, por eso tiene que ser prudente en cuanto a la ejecución”, explicó Gutiérrez.

El experto además sostuvo que esta norma viene a garantizar la protección de los ahorrantes porque obliga a la banca a tener mayor liquidez dentro de las cuentas que manejan hacia las obligaciones con los depositantes.

“Van a tener que tener un poco más de liquidez para hacer frente a las obligaciones del público, entonces así la normativa podrá proteger a los ahorrantes de una posible salida de los depósitos”, agregó.

A juicio del economista Marco Peña, esta medida es pertinente para evitar un posible colapso que genere un efecto dominó en la economía real, así como de bienes y servicios.

“Me parece adecuada la aplicación de esta medida porque cuando se arriesga el capital del patrimonio de un banco más se están comprometiendo los depósitos de los ahorrantes, eso motiva a que se dé un paso adelante en tema de regulación”, dijo Peña.

Expone que al establecer como límite el 50% de la inversión en el extranjero los ahorrantes pueden sentirse más seguros en que no perderán sus depósitos ante la quiebra en sistemas bancarios en el mercado internacional.

De igual manera el consejo directivo de la Siboif aprobó también 15 normas nuevas y reformó 6 existentes para garantizar un ambiente financiero sólido solvente y con liquidez.

Los datos fueron brindados durante la presentación del Informe de Gestión Anual 2022 de la Siboif, ante el Plenario de la Asamblea Nacional .

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