Semana Santa impulsa empleos temporales en balnearios del país
Solo en La Boquita, algunos restaurantes han duplicado a sus trabajadores.
El incremento de visitas de turistas nacionales y extranjeros al balneario La Boquita en esta Semana Santa, estimula la generación de empleos temporales en este destino ubicado en el municipio de Diriamba, en el departamento de Carazo.
Aquí los dueños de negocios han duplicado sus contrataciones temporales de trabajadores para poder atender la demanda de sus clientes.
María Parrales, propietaria del Restaurante Miramar, explicó que tienen actualmente cuatro cocineras y cuatro meseros, pero a partir del Jueves Santo, abrirán más plazas.
“Normalmente tenemos solo a dos cocineras y un mesero, pero a partir de que nos comenzó a ir bien, ampliamos a cuatro y tenemos más meseros, pero más adelante vamos a contratar más, en dependencia de cómo nos siga yendo”, aclaró.
Precios se van a mantener
Francisco Sebastián Pérez, propietario de Restaurante Tsunami y Caribe, afirmó que la contratación de más personal no se va a traducir en aumento al precio de los servicios que ofrecen.
“Tenemos distintos platillos, uno de los más buscados que es el pescado pargo rojo a 350 córdobas, camarones empanizados a 400 córdobas, el filete de pescado a 250 córdobas, todos son precios accesibles y no van a aumentar”, detalló.
¿Qué dice el Código del Trabajo?
El abogado Víctor Somarriba, experto en derecho laboral, explica que la contratación temporal no son hechos aislados que solamente suceda en La Boquita, sino en cualquier centro turístico en temporada alta y la contempla el Código del Trabajo, pero queda a discrecionalidad del empleador y trabajador la forma cómo se pacta dicho acuerdo, ya sea por escrito o de forma verbal.
“Por ser trabajos temporales, algunos de una sola semana, no tendrán derecho a indemnización proporcional y tampoco a indemnización proporcional de aguinaldo y vacaciones, para eso tienen que pasar la barrera de los 30 días contratados y que sean contratos por tiempo indefinido”, mencionó.
Sea verbal o por escrito, la Ley establece que, dentro de los primeros tres días de trabajo, el empleador debe entregar una constancia que contenga la fecha de inicio de la relación de trabajo, el servicio u obra a realizar, además del salario estipulado.
“En cuanto a los requisitos para obtener el empleo, va en dependencia del local si desea pedir el récord de policía para ver si no tienen delitos en los juzgados o si tienen antecedentes de hurto, robo u otro delito y piden normalmente dos cartas de referencia, es un derecho que tiene el empleador”, añadió.
El abogado advierte que, si la ocupación temporal excede los 30 días, el trabajador puede exigirle a su empleador un contrato formal por tiempo indefinido.
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