¿Qué implica declarar en Nicaragua una emergencia Nacional?
Expertos explican cómo Nicaragua podría enfrentar la pandemia
Expertos en políticas públicas y abogados señalan que ante la emergencia sanitaria que enfrenta el país a causa del coronavirus, el Gobierno de Nicaragua a través de la Asamblea Nacional, debería aplicar la Ley de Emergencia Nacional, Ley 113 y el artículo 185 de la Constitución Política.
Tanto la Constitución Política como la Ley 113 contemplan que el Gobierno tiene la potestad de decretar por tiempo determinado y prorrogable, una serie de medidas que ayuden a combatir el virus como lo han hecho los demás países de la región.
El jurista Germán Orozco explica que el Gobierno podría decretar una cuarentena nacional y una emergencia sanitaria a través del Ministerio de Salud (Minsa).
Eduardo Solórzano, experto en políticas públicas, asegura que sería más factible declarar una cuarentena nacional y emergencia sanitaria debido a que la mayoría de la población nicaragüense está ejecutando medidas de prevención sin que el Gobierno lo ordenara.
"Un Estado de emergencia establece que un ciudadano que no cumpla con las normas, tanto la Policía como las fuerzas armadas podrán intervenir para mantener el orden y tendría problemas legales, mientras una cuarentena es el aislamiento de las personas para evitar el contagio y esto de antemano ya se ejecuta, porque casi nadie está saliendo a las calles de no ser necesario", dijo Solórzano.
Según Solórzano, una emergencia sanitaria y una cuarentena nacional implica que el Gobierno deje de promover actividades que facilitan la concentración de personas, lo cual se ha mantenido desde que se detectaron los primeros casos de coronavirus hasta la fecha.
“Según la Ley General de Salud, Ley 423, la emergencia sanitaria la decreta el Minsa, debe acompañarse por un protocolo para contener la pandemia y obliga a todo el sector salud público o privado a seguir dicho protocolo”, mencionó el experto en políticas públicas.
Según el experto, la cuarentena se aplica únicamente por salud pública, con medidas basadas en protocolos sanitarios de protección, pero no implica eliminar algunos derechos constitucionales, como la libre movilización y reunión, como establece la Ley 113.
Por su parte Orozco, aclaró que una cuarentena debe ser retomada por todos los sectores sociales y mediante un diálogo previo, de lo contrario el presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, tomaría medidas de manera unilateral que podrían afectar a la sociedad.
“Sería algo positivo porque se puede suspender la movilización de las personas, restringirlas a ciertas horas, pero tiene que ser consensuado entre la sociedad civil, los empresarios y el Gobierno, pero este último actúa de forma unilateral e impondría sus reglas en una cuarentena”, enfatizó Orozco.