Foto Salvador García / VosTV

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Proponen crear una normativa para la distribución adecuada de oxígeno medicinal

Actualmente, son cada vez los nicaragüenses que necesitan oxígeno tras contagios por la Covid-19


Defensores de los derechos de los consumidores proponen al Ministerio de Salud (Minsa) y al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC) la creación de una normativa que permita una adecuada distribución y venta de oxígeno medicinal tanto para los hospitales como para el público en general ante la escasez reportada por varias empresas repartidoras.

Juan Carlos López, director de la Defensoría del Consumidor, señaló que la normativa permitiría establecer precios adecuados (sin alteraciones), garantizaría que todos tengan acceso al producto y la adecuada proporción del oxígeno de acuerdo al paciente que se atenderá.

“Sería una norma de aplicación para los hospitales, para que tengan lo que realmente necesitan; y el público en general la cual se debería registrar con un dato específico como la cédula identidad y además por un tema clínico el médico que atiende determina cuánto es la cantidad de aire que se le va a suministrar al paciente que no alcanzan en una sala de un hospital, también determinar cada cuántos días necesita esa persona recargar”, dijo López.

La empresa Trigas es una de las que está ofreciendo oxígeno, pero a un número limitado de personas por día: de 75 a 80 pacientes, según reportes.

En el caso de Productos del Aire, el mayor distribuidor del país, el 11 de septiembre anunció que solo iba a ofrecer el producto para los hospitales, sin embargo, el 17 de septiembre, tras la presión de compradores, reanudó sus labores al público general.

Para esto, cada ciudadano debe entregar una epicrisis médica certificada por el Minsa.

Noel Pastora, abogado penalista, aseguró que la decisión de dar prioridad a hospitales públicos y privados pudo ser solicitada por el Minsa mediante la Ley de contrataciones administrativas del sector público, que le permite suprimir la licitación en caso fortuito o fuerza mayor.

“La distribuidora tiene ahora una obligación contractual por así decirlo con el Estado para la prevención o la prestación de este servicio como son los tanques de oxígeno para la gente infectada de Covid-19, pero también debe permitirse de forma normal la venta al público, al parecer el problema es que no están dando abasto”, explicó.

Un problema que enfrenta la distribuidora Productos del Aire es que algunos clientes se han apropiado de los cilindros de oxígeno que habían alquilado, algunos de estos hacen negocios en las redes sociales.

Pastora manifestó que la empresa podría buscar y demandar penalmente mediante la aplicación del Código Penal, Ley 641, a las personas que se apropien y no devuelvan los cilindros pues están violentando un contrato de prestación de servicios, que contiene cláusulas especiales de garantía de devolución del bien inmueble.

El especialista manifestó que en cualquier contrato de este tipo debería exigirse un depósito que tuviese el mismo valor del cilindro alquilado para reponerlo ante cualquier daño o pérdida.

De acuerdo a la Defensoría del Consumidor, quienes no entregan los tanques de oxígeno están incurriendo en el delito del agiotaje, tipificado en el artículo 268 del Código Penal.

“Aprovechándose de que no hay un caso específico o un marco legal donde establezca que estos productos en caso de emergencia y en pandemia deberán tener una aproximación de precio establecido y que no haya variante pues se aprovechan y pusieron sus propios precios en cuanto hubo escasez, por eso es necesaria una sola normativa ante esta situación”, enfatizó Juan Carlos López, director de la Defensoría del Consumidor.

López explicó que la empresa, mediante la aplicación de la Ley 902 del Código Procesal Civil, también puede exigir una recuperación del producto, ya sea de forma material o monetaria, esto si no existió un depósito que tuviese el mismo valor del cilindro alquilado para reponerlo ante cualquier daño o pérdida.