Registros Públicos serán administrados por la Procuraduría General de la República
Reforman artículo 165 de la Constitución política y crean Ley de Adscripción del Sistema Nacional de Registros, Sinare.
La Asamblea Nacional, aprobó la reforma al Artículo 165 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, que permitía a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) administrar los Registros Públicos, a través del Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial.
Del artículo 165 fue derogado y eliminado el numeral 4, que citaba que a la CSJ le correspondía “supervisar el funcionamiento administrativo de los Registros Públicos de la Propiedad Inmueble y Mercantil, así como el de las oficinas de servicios comunes”.
La supervisión de los Registros Públicos de la administración de justicia, ahora le corresponderá ejecutarla a la Procuraduría General de la República (PGR), mediante la creación de la Ley de Adscripción del Sistema Nacional de Registros, Sinare, aprobada también este martes en la misma sesión.
Esta Ley establece reformas a las Leyes Orgánicas de la Procuraduría General de la República y del Poder Judicial, y a las leyes de Registros Públicos, de Carrera Judicial y de Tasas de los Registros Públicos del Sistema Nacional de Registros.
“Con estas nuevas legislaciones se continúa garantizando la seguridad jurídica de la propiedad pública y privada en beneficio del pueblo nicaragüense”, cita el comunicado emitido por el Poder Legislativo.
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