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Panamá niega salida a expresidente Martinelli que pretendía asilarse en Nicaragua

Gobierno de Panamá solicitó que exmandatario salga de la embajada nicaragüenses en ese país.


El Gobierno de Panamá denegó la solicitud de salvoconducto para la salida del país del expresidente de ese país Ricardo Martinelli(2009-2014), quien recibió el asilo por parte de Nicaragua, pero necesitaba de ese documento para llegar a tierras pinoleras.

"El salvoconducto ha sido denegado en base a lo que dispone el Artículo 1 de la Convención sobre Asilo de 1928 y de la Convención sobre Asilo Político de 1933", cita la misiva enviada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.

El exgobernante cumplió este 9 de febrero tres días en la sede de la embajada de Nicaragua en Panamá en espera de la decisión, por ello la embajadora nicaragüense en el país canalero, Consuelo Sandoval, fue llamada por la Cancillería del país para solicitarle sea desalojado.

"Se le recordó a la embajadora la obligación de garantizar que la sede de la Misión Diplomática a su cargo preserve las funciones que está llamada a cumplir, según la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, por lo que la misma no debe ser utilizada de manera incompatible", detalla la carta.

El Gobierno panameño advirtió que todo comunicado o declaración del expresidente Martinelli desde esa sede y que repercuta o impacte en la política doméstica, será considerada una injerencia en los asuntos internos del país y generará consecuencias diplomáticas con Nicaragua.

Sobre el expresidente Martinelli

Sobre el exmandatario pesa una condena a 10 años y seis meses de prisión y el pago de una multa de 19,2 millones de dólares por blanqueo de capitales en la compra irregular de la editorial Panamá América.

En tanto el Gobierno de Nicaragua, mediante un comunicado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, respondió a la carta emitida por Panamá en la que reitera su apego y cumplimiento al Derecho Internacional, en especial a la Convención sobre Asilo suscrita en La Habana en 1928 y la Convención sobre Asilo Político adoptada en Montevideo en 1933.

"No reconocer el asilo y negar el salvoconducto, constituye una violación a las convenciones sobre asilo, en particular al Artículo 2, Disposición Tercera de la Convención sobre Asilo de 1928, que establece claramente que el Gobierno del Estado que otorga el asilo, podrá exigir que el asilado sea puesto fuera del territorio nacional dentro del más breve plazo posible", cita el comunicado.

El Gobierno de Nicaragua insiste en que se le ha concedido el asilo por considerarse perseguido, por razones políticas y encontrarse en riesgo inminente su vida, integridad física y seguridad.

"El asilo político debe ser respetado como un derecho humanitario, de acuerdo al derecho internacional y las leyes del país que otorga el asilo", reafirma.

Nicaragua negó que el otorgamiento de asilo al político panameño sea una injerencia en asuntos internos y lo atribuyen a un tema meramente humanitario y consecuente con el Derecho Internacional en esta materia.

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