Empresas están obligadas a brindar protección ante las altas temperaturas, dice experto
Sindicalistas han corroborado medidas de prevención que están siendo aplicadas en el sector agrícola.
Las altas temperaturas que se están produciendo a nivel nacional en esta temporada de verano deben instar a las empresas, sobre todo a las que tienen a trabajadores laborando al exterior, a brindarles equipos de protección a fin de reducir los riesgos que genera la alta exposición a sol y al calor como descompensación, daños dermatológicos e incluso la muerte, indica Carlos Adán Rodríguez, experto en seguridad e higiene ocupacional.
“El empleador debe de proveer las condiciones de equipos de seguridad, desde gorras, hasta otros equipos que generen sombra, amparado en el artículo 1 y también el artículo 3 sobre condiciones de seguridad a los trabajadores, según la Ley 618, Ley de higiene y seguridad laboral”, insiste.
La Central Sandinista de Trabajadores (CST), destacó que quienes están en mayor riesgo son los trabajadores agrícolas por el tipo de labor que realizan en el campo, a esta mano de obra se le debe garantizar la hidratación y sombra necesaria frente a las temperaturas.
“Hay centros de trabajos, donde existen puestos médicos, hay un médico y un enfermero y en otras solamente hay enfermera, para cualquier atención primaria ante esa contingencia de los calores y nosotros hemos dicho que toda empresa que no preste las condiciones adecuadas, los trabajadores tienen derecho a denunciar”, manifiesta, Pedro Ortega, secretario general de la CST.
Trabajadores agrícolas con mayores riesgos
El sindicalista reconoce que los trabajadores agrícolas son los que corren mayores riesgos por estas altas temperaturas, pero han confirmado que algunas fincas e ingenios azucareros están tomando las debidas medidas preventivas.
“Están aumentando los puestos de agua y especialmente en el sector de los ingenios azucareros los trabajadores tienen asignado una bolsita de un suero que lo consumen diariamente, donde le dan aproximadamente 2 litros, son los indicados por los médicos para poder laboral sin ninguna deshidratación.
El experto en higiene y seguridad ocupacional también recomiendan asegurarles a los trabajadores periodos de descansos de 10 a 15 minutos durante la jornada laboral, establecidos en la Ley General de Higiene y Seguridad del Trabajo, Ley 618.
“Después de estar dos horas seguidas, se les va a dar un espacio de recuperación de 15 a 30 minutos bajo techo, igualmente no solamente a quienes realizan labores agrícolas, sino la gente que hace mantenimiento en un techo o en viviendas, deben poseer un momento de recuperación”, finalizó Rodríguez.
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