Lorenzo Vega/ VOS TV

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Carretones de caballos y ciclistas deben ser regulados para circular en Managua

Actualmente, vehículos de tracción humana y animales no requieren de un Seguro Obligatorio.


Si bien las personas que utilizan carretones alados por caballos y las bicicletas utilizadas con fines de trabajo y como medio de transporte no requieren de un Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA), para transitar por vías de Managua, el abogado experto en Derecho Penal, Noel Alonso Cano afirma que el crecimiento en el uso de estos vehículos de tracción animal y humana debe llevar a las autoridades municipales a crear alguna regulación.

El abogado explica que se podrían ampliar regulaciones a través de la Ley 431, Ley de Tránsito Nacional o creando una ordenanza municipal que les exijan adquirir un seguro obligatorio de menor costo para que puedan responder por daños cuando provocan accidentes de tránsito.

“Bicicletas, cuadraciclos y carretones de bueyes o caballos deberían estar incluidos en una especie de ordenanza, tener un seguro, aunque sea mínimo, que responda por esa responsabilidad de usar la vía, se exponen ellos y a tercero cuando utilizan la vía, tienen una responsabilidad”, agrega.

Así pueden responder a los daños

Emerson Acevedo corredor de seguros, detalla que actualmente de ser el causante de un accidente de tránsito el dueño del carretón de caballo, la normativa vigente permite demandarlo por la vía civil por los daños y perjuicios, pero se requiere de la resolución final dada por la Dirección de Tránsito Nacional, donde se responsabilice al conductor del vehículo de tracción animal del hecho.

“Según el Código Civil se les puede demandar para que paguen por perjuicios, daños materiales en accidentes de tránsito, ya sea a particulares y a vehículos que transportan pasajeros, lo que pasa que normalmente estas personas, pues viven del diario, entonces rara vez vas a ver que alguien les demande, aunque sean ellos los responsables”, manifiesta.

Cano califica el proceso de mixto, porque mientras a través de la resolución de Tránsito Nacional, se les pida una indemnización por la vía civil, en los Juzgados también se les puede abrir una causa penal.

“Si se ocasionaron muertes deben ventilarse en el juzgado y mientras eso se tramita la parte interesada puede perfectamente pedir la indemnización, pero no sabemos si por esa muerte ese ciclista o el dueño del carretón podría ser arrestado”, expresa.

Semovientes en las vías urbanas

Acevedo considera que incluso se podría incluir en cualquier ordenanza a quienes transitan por las calles o algunas vías aún rurales de Managua con semovientes.

“Es el mismo caso de las personas que usan las vías públicas, en zona rurales o semiurbana, para que crucen y transiten las vacas o los caballos, ellos tienen una responsabilidad civil porque en ese momento puede provocar un accidente de tránsito, incluso con fallecidos”, finaliza.

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