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Proponen extender veda indefinida de tortuga verde a otros municipios del país

Sensibilizar a las autoridades locales en el tema puede ayudar a la detección de ventas clandestinas.


La prohibición indefinida de la caza, captura, uso, comercialización y transporte de productos o derivados de la tortuga verde (Chelonia mydas), es una medida que debe extenderse a toda Nicaragua a través de ordenanzas municipales, las que a su vez pueden contribuir a la detección de ventas clandestinas, sugiere el Comité Basura Cero.

La organización también considera necesario que las autoridades locales se sensibilicen en el tema para que garanticen la preservación de la especie.

Actualmente, esta prohibición es únicamente en la Región Autónoma de la Costa Caribe Sur. El pasado martes varios comerciantes que se dedican a la venta de carne de tortuga en Bluefields fueron notificados por las autoridades para advertirles de la prohibición.

Raomir Manzanares, integrante del Comité, afirma que se deben preparar en el tema a los gabinetes de turismo y fiscalizar a los comerciantes en todos los mercados del país, puesto que, aunque no haya caza en todo el territorio nacional, existe venta en varios centros de compras.

“Debe de efectuarse un plan integral de capacitación a policías, Ejército, la Naval y a todas las personas involucradas en la aplicación, sobre todo los miembros de los consejos municipales o consejos regionales, es importante que tomen conciencia para tener conocimiento y que la voluntad se vuelva enorme para la aplicación”, expresa.

Incumplimiento se castigará con sanciones

Manzanares hizo un llamado a ponerle atención a la caza y aprovechamiento de la tortuga verde, porque desde el punto de vista cultural, los costeños dirán que su consumo es con fines de subsistencia.

“Basado en esto pueda ser que se presenten situaciones de justificación, pero aquí hay que ser severos, hay que investigar bien cuáles son esos fines de subsistencia, pero con este instrumento y el Código Penal es el momento de la aplicación, de la voluntad política”, agrega.

Aunque actualmente el incumplimiento a estas prohibiciones se castigará con sanciones que establece la normativa vigente, como decomisos del producto y multa económica.

El abogado Noel Alonso Cano, experto en derecho penal, aclara que se estarían violentando normas jurídicas tipificadas en el Código Penal que podrían ser motivo de cárcel.

El Código Penal en su Artículo 375, sanciona con prisión de uno a dos años a quien en áreas prohibidas o en época de veda pesque o realice actividades de extracción, recolección, captura, comercio o transporte de recursos hidrobiológicos, delito que puede aplicarse a quienes no obedezcan esta normativa, según Cano.

“Si la persona incurre en ese tipo de actividades de forma reincidente, las autoridades pueden proceder a interponer acusación en los tribunales competentes, es delito, pero entiendo que las autoridades tratan de aminorar lo menos posible, para que no se mire como que hay una persecución, porque es un hecho que esta gente a quien se le decomise aducirán que solamente están trabajando, que no es justo”, finalizó.

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