Cortesía

Cortesía

Fiscalía acusa de parricidio a joven que mató a niño en Catarina

La jueza María Vargas Vidaurre, del Juzgado Distrito Penal de Audiencia, es la encargada del caso.


La Fiscalía General de la República acusó hoy a Edward Gaitán Gallegos, por el delito parricidio agravado en perjuicio de H. A.G. M, de 7 años de edad.

El crimen se registró el pasado domingo en el municipio de Catarina. La audiencia preliminar se llevó a cabo en los Juzgados de Masaya.

María Vargas Vidaurre, del Juzgado Distrito Penal de Audiencia de Masaya, es la jueza encargada del caso.

El Ministerio Público de Nicaragua determinó que Edward actuó con alevosía y ensañamiento, señala la acusación presentada este miércoles 21 de agosto.

El crimen se registró el pasado domingo en el municipio de Catarina. La audiencia preliminar se llevó a cabo en los Juzgados de Masaya.

Durante la audiencia la Fiscal que dio lectura al documento, señaló que Gaitán Gallegos mostró una conducta que se encuentra sancionada en el artículo 139 segundo párrafo de la ley 641, Código Penal.

“Actuó en concordancia con los artículos 140 del Código Penal, en los numerales 1 de alevosía, numeral 2 el de la asfixia y numeral 3 cuando la víctima sea un niño o adolescente”, dijo la fiscal auxiliar del Ministerio Público, Gabriela Toruño Gutiérrez.

La fiscalía presentará como medios de prueba los testimonios de la madre de la víctima, el sub inspector Álvaro Sequeira Chávez, investigador policial de la Policía de Masaya o en su defecto el capitán Edwin Ruiz Hernández, jefe de Auxilio Judicial de Masaya y a la doctora Yaroslav Barrio Rizo, del Instituto de Medicina Legal (IML).

La jueza aceptó la acusación, dejó al acusado en prisión preventiva y fijó la audiencia inicial para el próximo viernes 30 de agosto.

Rosario Murillo, vicepresidente de Nicaragua, explicó ayer martes, que se está considerando aplicar, en este caso, la pena máxima de prisión.

Cadena perpetua revisable podría ser impuesta

De acuerdo a lo que explica el abogado criminalista, Kenthyn Téllez, en este caso se cumplen varias agravantes que el juez competente puede considerar para que Gaitán Gallegos reciba la pena máxima revisable, puesto que, hasta el momento, los hechos relatados por autoridades policiales demuestran que hubo alevosía y planeación del acto delictivo.

"Cumple con las agravantes de cadena perpetua revisable, porque hay una alevosía, estamos hablando de un joven de 21 años contra un niño de apenas 7 años, una desventaja desproporcional completamente. Se debe considerar que lo tuvo (el cuerpo del niño) debajo de su cama, como si no había pasado nada, demuestra el odio hacia la víctima", detalla.

Kenthyn Téllez, abogado criminalista

El golpe en la cabeza que recibió la víctima y que es descrito por las autoridades en su informe oficial, es clave, según Téllez, ya que es otra prueba que el señalado aparentemente fraguó el crimen.

El jurista insiste que, de ser encontrado culpable, Gaitán Gallegos cumpliría la pena máxima de 30 años de prisión, a como lo establecen las normas jurídicas nacionales y se podría revisar si amerita más años tras las rejas.

Investigación determinará si hubo cooperadores necesarios

No obstante, el abogado señala que también en el proceso de investigación, se debe determinar si en este crimen hubo o no cooperadores necesarios.

"Las investigaciones deben determinar si hubo más personas implicadas, posteriormente determinar las condenas para esas personas si es que existieron algunos implicados", expresa.

El abogado comenta que "si vos como padre te das cuenta de que tu hijo mató a su hermanito, podría pasar que por nervios quieras cubrirlo (...) por eso hay que decirlo que el protocolo de investigación de la Policía fue el más adecuado, antes de investigar a los vecinos, lo primero que hizo es revisar la vivienda, así descubrió el cuerpo".

Ante la posibilidad que la defensa solicite en el proceso judicial una valoración psiquiátrica forense para su representado con el fin de determinar si padece algún trastorno, esto no le liberaría de la responsabilidad penal, afirma Téllez.

➤ Suscríbete a nuestro canal de YouTube