Empresas deben cumplir con los requisitos de Ley para la prevención de incendios
El Mitrab, tiene la facultad de realizar las inspecciones y elevar las sanciones administrativas.
Las empresas y pequeños negocios deben mantener revisión eléctrica de forma constante, sin embargo, estas y otras medidas son ignoradas por la mayoría de los establecimientos, pese a la existencia de una Ley que regula y sanciona esta práctica, señala un especialista en seguridad e higiene ocupacional, tras el incendio que se generó en una fábrica de tabaco en Estelí, que se estima dejó pérdidas millonarias, pero sin víctimas que lamentar.
“Hay una ley de la Dirección General de Bomberos donde mandata que los pequeños negocios deben tener una inspección eléctrica o inspección de ignición de fuego, hemos visto que en los diferentes mercados de Nicaragua se han incendiado comedores y bodegas; y esta es una alerta porque lo que está sucediendo es que no solo los pequeños negocios, sino medianos emprendimientos y esto puede transcender a la gran industria”, valoró Carlos Adán Rodríguez, experto en seguridad e higiene ocupacional.
Recomendaciones
La colocación de extintores en puntos estratégicos dentro de una fábrica, detectores de humo y en algunos casos surtidores de agua en la parte del techo, entre otros equipos contra incendios que son fundamentales para sofocar cualquier conato, recomienda el experto.
“Tenemos la Ley 618, Ley General de Higiene y Seguridad del Trabajo, que nos indica la defensa contra incendios, el correcto uso de los extintores, planes de emergencia, tener brigadas contra incendios, de primeros auxilios y de evacuación”, recordó.
El riesgo en negocios como comedores o los que se dedican a almacenar químicos es más latente, por lo que urge que estos establecimientos tomen medidas que logren prevenir cualquier siniestro.
En estos casos, el Ministerio del Trabajo (Mitrab), tiene la facultad de realizar las inspecciones y elevar las sanciones administrativas pertinentes en caso de incumplimiento de las normas de seguridad ocupacional.
“Tenemos multas de 60 salarios mínimos según el sector, de no cumplir con los requisitos de la protección colectiva”, recuerda.
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