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Conductores adolescentes en TUC de Managua, un riesgo al volante

Proponen endurecer los criterios de contratación respecto a la edad mínima de conductores.


Las cooperativas de buses del Transporte Urbano Colectivo (TUC) que ofrecen sus servicios en Managua, deben endurecer sus criterios de contratación respecto a la edad mínima de sus conductores por seguridad de los usuarios, peatones y demás conductores, coinciden defensores de los consumidores y un abogado.

El llamado de los expertos se debe a que recientemente una ruta 172 conducida por un adolescente de 17 años provocó un accidente de tránsito que cobró la vida de un universitario, de 16 años, la tarde del jueves 26 de septiembre, en la entrada a Xiloá, en Managua.

El conductor viajaba con pasajeros y presuntamente excedía los límites de velocidad e invadió el carril contrario, impactando a la víctima que se desplazaba a bordo de una motocicleta, según el informe preliminar de la Policía Nacional.

"El adolescente que se inmiscuya en conducir un vehículo, por ejemplo, un bus de pasajeros estaría no solo atentando contra su propia vida, sino que, atentando también en contra de los pasajeros, exponiéndolos al peligro, ya que no tiene la madurez psicológica suficiente para prestar este tipo de servicios que exige ser una persona mayor de edad", señala el abogado Harry Valle.

Añade que además, en el caso de buses del TUC en Managua, se debe exigir una licencia con las categorías superiores, (categoría 6b) y una licencia a nivel profesional. "Difícilmente un adolescente va a tener la capacidad de optar a esa categoría por los años de experiencia que se requieren".

Adolescente solo pueden optar a dos categorías

María Acevedo Flores, directora de la Escuela de Manejo Eben-Ezer, recuerda que la Ley, 431, Ley de Tránsito, establece que, para poder tener una licencia profesional, el individuo tiene que ser mayor de 21 años.

“Tiene que cumplir los reglamentos que establece la ley, otro de ello es que un menor de edad no tiene la categoría establecida, porque la ley no se lo permite, de 16 a 17 años ellos pueden optar a la categoría uno y tres, solamente”, agrega.

Una persona de 17 años que conduzca un vehículo mayor de nueve pasajeros están infringiendo la ley, porque establece de que todos los menores de edad lo más que pueden transportar es cinco personas en su vehículo, incluyéndolo a él como conductor”, manifiesta.

Urge revisión a las cooperativas

Marvin Pomares, director del Instituto Nacional de Defensa al Consumidor (Indec), detalla que este hecho reciente debe motivar al Instituto Regulador de Transporte del Municipio de Managua (Irtramma) a realizar inspecciones en las distintas cooperativas para conocer si están cumpliendo con los requisitos de ley en las contrataciones de conductores.

“¿Cómo vas a contratar a un adolescente? Aquí hay que sancionar al dueño de esa unidad que realmente contrató a un joven que tenía 17 años, que no tenía todavía la licencia y no tenía la edad y experiencia para andar en la calle”, insiste.

En cuanto al caso reciente, el abogado, destaca que cualquier adolescente que cometa accidentes de tránsito, podrían incluso ser privados de la libertad.

“Es importante destacar que tanto las lesiones imprudentes como el homicidio imprudente o si hay varias víctimas, la pena no puede superar los 6 años de prisión, porque así lo establece el código de la niñez y la adolescencia, si el autor es un adolescente”, remarca.

El conductor podría ser acusado por los delitos de homicidio imprudente y exposición de personas al peligro, que establece el Código Penal.

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