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Nicaragüenses podrán conservar su número telefónico si se cambian de compañía

La Ley entrará en vigencia en un plazo de un año, después de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.


Diputados de la Asamblea Nacional aprobaron la iniciativa de Ley General de Telecomunicaciones Convergentes, que, entre otros avances tecnológicos en la materia, establece como derechos de los usuarios mantener su número telefónico con cualquier operador de telefonía móvil de su elección.

“Si yo el día de mañana solícito una mejora al servicio sin ningún costo, pero me lo niegan, yo me puedo cambiar de compañía y llevarme mi número”, explicó el diputado Wilfredo Navarro, Segundo Secretario de Junta Directiva.

El diputado agregó que hay normas nuevas para el establecimiento de tarifas, ya no queda a discrecionalidad de las compañías telefónicas la determinación de los costos.

“Nos estamos adecuando a los cambios y transformaciones, pues si bien las leyes tienen vigencia en determinado momento, pero los avances y el desarrollo de la sociedad obliga a hacer esos cambios, administrando de manera más eficiente el sistema de telefonía en nuestro país”, especificó.

La normativa incorpora explícitamente los derechos de todos los usuarios de las telecomunicaciones, con especial énfasis para todas las personas con discapacidad.

“La ley promueve un acceso justo y eficiente, lo que se traduce en un incremento significativo en la calidad de los servicios ofrecidos a la población nicaragüense”, insistió la diputada Jenny Martínez, presidenta de la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos.

La nueva Ley de Telecomunicaciones le da un control directo de las comunicaciones al Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (Telcor), para lograr una fiscalización adecuada en el fomento de la investigación, la innovación, y la implementación de una regulación G4 orientada a promover la expansión de infraestructura de redes de alta seguridad.

La Ley entrará en vigencia en un plazo de un año, después de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial, puesto que el artículo 158 establece que es necesario que los operadores y ente regulador del sector de telecomunicaciones hagan los ajustes pertinentes para adecuarse al marco jurídico.

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