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CST recuerda el límite de 9 horas extras semanales establecidas por la ley

En diciembre, es común que los trabajadores enfrenten largas jornadas, con horarios de hasta 12 horas diarias o más.


Ante la alta demanda de trabajo durante la temporada navideña, la Central Sandinista de Trabajadores (CST) ha solicitado al Ministerio del Trabajo (Mitrab) que intensifique sus inspecciones en centros laborales, especialmente en sectores como comercio, turismo, restaurantes y mercados populares.

Esta solicitud busca garantizar que se cumplan los límites de horas extras establecidos por la Ley 185 del Código del Trabajo, así como los derechos de los empleados temporales contratados en esta época.

De acuerdo a Pedro Ortega, secretario general de la CST, en diciembre, es común que los trabajadores enfrenten largas jornadas, con horarios de hasta 12 horas diarias o más, sin días de descanso.

Según Ortega, los empleados de restaurantes, por ejemplo, suelen laborar jornadas discontinuas permitidas por la legislación laboral, pero muchas veces estas se convierten en jornadas continuas sin la remuneración adecuada por horas extras.

Esto establece la ley

El Código del Trabajo establece que los trabajadores pueden realizar hasta un máximo de 9 horas extras a la semana, siempre bajo acuerdo mutuo entre empleador y empleado. Sin embargo, en muchos sectores, como el comercio y restaurantes, se reporta que las jornadas exceden con frecuencia este límite.

Este incumplimiento no solo vulnera los derechos laborales, sino que también representa una violación directa a la normativa vigente, afectando la salud y el equilibrio entre la vida personal y profesional de los empleados.

“Hay establecimientos que operan hasta altas horas de la noche, incluso hasta la madrugada, y los empleados terminan trabajando más de 60 horas a la semana”, afirmó Ortega.

El problema se agrava en mercados populares y centros comerciales, donde jóvenes contratados por periodos cortos son despedidos al finalizar la temporada sin recibir una liquidación conforme a lo que trabajaron.

“Estos empleados reclaman sus derechos después de ser despedidos, pero muchas veces no tienen registros claros de sus horarios para sustentar sus denuncias”, añadió.

Aunque el Mitrab realiza inspecciones, estas se limitan al horario de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., dejando fuera de supervisión a establecimientos que operan en horarios nocturnos.

Ortega destacó la necesidad de extender estas inspecciones más allá del horario tradicional para garantizar que los abusos no queden impunes.

“En el sector de restaurantes, por ejemplo, hemos visto casos de trabajadores que entran a las 9 de la mañana y salen hasta la 1 de la madrugada. Estas son horas extras excesivas”, subrayó.

El representante de la CST instó a los empleados a registrar detalladamente sus horarios de trabajo, incluidos los tiempos de entrada y salida, así como las horas extras realizadas.

También recordó que las propinas, en el caso del sector de restaurantes, deben ser distribuidas entre todo el personal y no contabilizadas como parte del salario base.

“El Mitrab debe intensificar su labor, no solo en las empresas formales, sino también en pequeños comercios y mercados, donde los abusos son más frecuentes. Además, las inspecciones deben abarcar tanto horarios diurnos como nocturnos para proteger a los trabajadores durante toda la jornada”, concluyó Ortega.