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Ley de Identificación Ciudadana es publicada en la Gaceta

Esta incluye que cada ciudadano al nacer tendrá un número de registro único que se mantendrá desde su nacimiento hasta su defunción.


La Ley de Identificación Ciudadana que, entre sus novedades, incluye que cada ciudadano al nacer tendrá un número de registro único que se mantendrá desde su nacimiento hasta su defunción, fue publicada este lunes en el Diario Oficial La Gaceta.

Esta ley establece en su artículo 3 de la ley, establece que el Consejo Supremo Electoral (CSE), emitirá documento de identificación para menores de 16 años, y cédula de identificación ciudadana para mayores de 16 años.

El documento de identificación debe ser confiable, seguro y preciso. Deberá cumplir con los estándares internacionales de seguridad que garantice la protección de la identidad de cada persona.

Otro aspecto que destaca la norma jurídica es que la Dirección General de Cedulación a partir de la presente ley se denominará Dirección General de Identificación del Consejo Supremo Electoral quien será la única que tendrá competencia para resolver lo concerniente en materia de identificación de los y las nicaragüenses, así como los procesos de modernización de la identificación ciudadana.

El CSE deberá establecer oficinas en cada uno de los municipios del país y podrá abrir ventanillas en los consulados de la República de Nicaragua en el exterior.

La única fuente de información de la Dirección General de Identificación es la Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas. Ambas direcciones compartirán un mismo sistema de información, complementándose entre sí. Según lo establece el artículo 5 de la ley.

La ley también Incorpora mayores elementos de seguridad al sistema de cedulación, entre otros, relacionando el número único con la identidad biométrica.