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Estas medidas podrían aplicarse si se confirma negligencia en muerte de obrero en zona franca

El cuerpo del joven se remitió al Instituto de Medicina Legal para practicarle una autopsia


Melvin Sequeira originario de Ciudad Sandino, falleció la tarde de este lunes tras caer desde unos 12 metros de altura mientras daba mantenimiento al techo de una zona franca en Los Brasiles, Managua.

Según testigos, el arnés de seguridad que portaba se rompió y el techo cedió, provocando la caída. Aunque fue trasladado a una clínica provisional, llegó sin signos vitales. Ante esto, expertos señalan que de confirmarse que el accidente ocurrió por falta de equipos adecuados, la empresa podría enfrentar sanciones administrativas que van desde 46 hasta 60 salarios mínimos.

De acuerdo con Víctor Somarriba, abogado experto en derecho laboral, cuando se produce una muerte en el contexto de un trabajo peligroso, lo primero que debe verificarse es el cumplimiento de la Ley 618, Ley General de Higiene y Seguridad del Trabajo.

“Si el joven no contaba con el equipo de protección adecuado (como arnés, casco, calzado o herramientas en buen estado) y la empresa no lo capacitó para esa labor, entonces hay una clara responsabilidad del empleador”, advirtió Somarriba.

Investigan caso

Las autoridades del Ministerio del Trabajo (Mitrab), a través de la Inspectoría de Higiene y Seguridad del Trabajo, están obligadas a realizar una inspección para determinar si la empresa cumplió con todos los protocolos establecidos en la normativa laboral.

“Se deben levantar entrevistas con testigos, revisar el estado del equipo utilizado y confirmar si el joven fue capacitado para desempeñar tareas en altura o con riesgos eléctricos”, explicó el abogado.

En caso de comprobarse que la muerte fue producto de la omisión de medidas de seguridad por parte del empleador, este podría enfrentar una multa que va de 46 a 60 salarios mínimos, según el artículo 72 de la Ley 618. Sin embargo, si la investigación concluye que el accidente fue causado por un error del trabajador, entonces no habría sanción administrativa para la empresa.

No obstante, incluso en ese escenario, existen obligaciones económicas por parte del empleador. Si el trabajador estaba inscrito en el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS), la familia podría recibir una pensión por muerte laboral. Pero si no estaba asegurado, la empresa está en la obligación de pagar una indemnización por fallecimiento.

“El empleador tiene 24 horas para reportar la muerte ante la Inspectoría. Si no lo hace, también puede recibir una multa”, señaló Somarriba.

Además, la investigación también involucra al Instituto de Medicina Legal (IML), para verificar si la causa del fallecimiento concuerda con las circunstancias reportadas.

Este incidente, aun bajo investigación, podría convertirse en un precedente importante. Si en el futuro ocurre un evento similar dentro de la misma empresa y se demuestra reincidencia o desacato a resoluciones anteriores emitidas por la Inspectoría del Trabajo, el caso podría escalar a la vía penal.

Carlos Adán Rodríguez, experto en seguridad e higiene ocupacional, sostiene que no basta con entregar equipo de protección personal, sino que este debe ser funcional y acompañado de capacitaciones efectivas. En situaciones donde el trabajador ignora las normas de seguridad (como no usar el anclaje del arnés) se considera un “acto inseguro”.

Sin embargo, la empresa no queda exenta de responsabilidad si se comprueba que no se garantizó debidamente la seguridad o que hubo negligencia en la supervisión.

“La prevención cuesta menos que asumir las consecuencias de una tragedia laboral”, advirtió Rodríguez. “El empleador no solo debe cumplir por obligación legal, sino también por ética y responsabilidad social. La seguridad del trabajador no es opcional”.

De acuerdo al abogado Norman Moraga, en todos los casos, la legislación laboral señala que el empleador no puede deslindarse de sus obligaciones, aunque tercerice el trabajo. "Los tres están unidos por las responsabilidades legales: el empleador, el contratista y el subcontratista", según Moraga.

Finalmente, en caso de fallecimiento de un trabajador, los familiares directos tienen derecho a hacer el reclamo legal por la indemnización correspondiente. “La ley estipula que el pago debe realizarse en un plazo no mayor a tres días después de aceptada la solicitud formal”, dijo.

El cuerpo del joven se remitió al IML para practicarle una autopsia, la que ayudará a determinar con precisión la causa de la muerte como parte del proceso investigativo. El caso ya se encuentra en manos de la Policía Nacional.